Maltratos físicos o emocionales a menores

  1. Cualquier acción u omisión, no accidental por parte de los padres, de adultos u otros menores que comprometa la satisfacción básica del niño o de la niña.
  2. Existe maltrato cuando alguien produce daño físico o sufrimiento, o cuando se hace difícil el crecimiento feliz del menor relacionándose con los demás.
  3. Los menores tienen derecho a exigir que se les trate con respeto, que no se les golpee, lastime, desprecie, a que no abusen de ellos y a que no se les abandone. Además deben aprender a no hacer lo mismo a los demás.
  4. Cualquier acción no accidental por parte de los padres, o de otras personas adultas o menores que provoque daño físico o enfermedades en el niño.
  5. Los padres o las personas que cuidan de menores no siempre se portan bien con los mismos.
  6. Algunos adultos cuando tienen problemas pueden dar rienda suelta a los mismos maltratando a los niños. Igualmente los menores, en ocasiones, maltratan a otros niños.
  7. En este caso el menor debe de buscar a alguien de su confianza y contárselo. No debe de permitir que le golpeen, ni siquiera "para corregirlo".
  8. Hostilidad verbal crónica en forma de insulto, burla, desprecio, o amenaza de abandono, y cuando se impide de manera constante y perjudicial, por parte de cualquier miembro adulto del grupo familiar o de alguien de su entorno, que el niño se relacione con los demás (pasar de él, encerrarlo, etc.).
  9. Es maltrato emocional cuando se compara al niño con otros despreciándolo, cuando se le rechaza, se le insulta, se burlan de el, cuando se le exige que haga lo que no puede hacer. Asimismo es cuando no se le hace caso.
  10. Los niños también pueden hacer daño a otros compañeros (solos o en grupo), con gritos, insultos, motes, burlas, amenazas y chantajes.
  11. El niño no debe de consentir que se burlen de el, que se le desprecie o que lo dejen siempre de lado. Deberá hablar con alguien de su confianza para que lo ayude.